Conoce nuestras reglas
Reglamento de la Junta Directiva
Artículo 1. – Nombre del Grupo
El presente reglamento rige a la Junta Directiva del grupo estudiantil denominado “Líderes con Propósito”.
Artículo 2. – Composición de la Junta Directiva
La Junta Directiva está conformada por los siguientes cargos:
Presidenta
Vicepresidente
Secretario
Subsecretario
Tesorera
Subtesorero
Tres (3) Vocales
Dos (2) Fiscales
Artículo 3. – Elección de Miembros
Los miembros de la Junta Directiva son elegidos por votación del grupo estudiantil.
Artículo 4. – Funciones de los Miembros
Presidenta:
• Dirigir las reuniones del grupo.
• Convocar a las reuniones de la Junta Directiva.
• Representar oficialmente al grupo ante otras instancias.
Vicepresidente:
• Asistir a la presidenta y asumir sus funciones en caso de ausencia.
• Coordinar la logística de actividades y apoyar la ejecución de proyectos.
Secretario:
Secretario:
• Redactar actas, cartas y documentos oficiales del grupo.
• Gestionar la comunicación con entidades externas.
Subsecretario:
• Apoyar al secretario en sus funciones.
• Sustituir al secretario en su ausencia.
Tesorera:
• Administrar los fondos del grupo.
• Llevar un control detallado de ingresos y gastos.
• Presentar informes financieros periódicos.
Subtesorero:
• Asistir a la tesorera en sus funciones.
• Sustituir a la tesorera en caso de ausencia.
Vocales (3):
• Difundir la información relevante sobre el grupo y sus actividades.
• Apoyar en la organización de eventos y convocatorias.
Fiscales (2):
• Velar por el cumplimiento del reglamento y las normas internas.
• Reportar irregularidades y sugerir medidas correctivas.
Artículo 5. – Reuniones
La Junta Directiva se reunirá de al menos una vez al mes o cuando lo convoque la
presidenta.
Artículo 6. – Toma de Decisiones
Las decisiones importantes del grupo se tomarán por votación abierta del grupo estudiantil
en general.
En caso de empate, la presidenta tendrá voto de calidad.
Artículo 7. – Faltas y Sanciones
Cualquier miembro que incumpla sus funciones sin justificación podrá ser advertido
verbalmente por la Junta.
Ante reincidencia o faltas graves, se podrá iniciar un proceso de remoción mediante
votación del grupo estudiantil.
